Solicitud de licencia de obra mayor
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1. Determinación de la naturaleza de la obra
Lo primero que debe hacer es determinar si la obra que desea realizar es considerada como «obra mayor» según la legislación vigente. Generalmente, se clasifica como obra mayor aquella que afecta a la estructura del edificio, su volumen, o la cubierta del mismo.
2. Presentación del proyecto técnico
En el caso de que se trate de una obra mayor, es obligatorio presentar un proyecto de obras redactado y suscrito por un técnico competente. Este proyecto deberá contar con el visado del colegio profesional correspondiente, siempre que así lo requiera la normativa. Si el visado no es obligatorio, será necesario aportar una declaración responsable o un certificado del técnico, en el que se incluyan los siguientes datos:
- Identidad del autor del proyecto.
- Número de colegiado.
- Estado de habilitación profesional.
- Domicilio profesional.
- Capacidad técnica para el desarrollo del proyecto presentado.
3. Solicitud de la licencia
Deberá presentar el modelo normalizado de solicitud de licencia de obra mayor, el cual está disponible tanto para entrega presencial en las oficinas del Ayuntamiento como para su tramitación a través del registro electrónico, también puede encontrarla en esta misma página. El formulario deberá estar debidamente cumplimentado y firmado por todas las partes implicadas.
Además, será necesario aportar documentación que acredite su derecho a realizar la obra, como una escritura de propiedad, una nota simple emitida por el Registro de la Propiedad u otro documento equivalente.
4. Pago de la tasa urbanística
Para avanzar en el proceso, será necesario abonar la tasa urbanística correspondiente. El importe es del 0,25% sobre el presupuesto de ejecución de la obra. El pago debe realizarse en la cuenta municipal con número IBAN: ES27-2100-2269-1513-0017-3719.
5. Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
Una vez concedida la licencia, deberá efectuar un pago a cuenta correspondiente al Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Este impuesto se calcula aplicando el tipo impositivo del 3,6% vigente para el año 2024 sobre el presupuesto de ejecución material que figure en el proyecto técnico. Es posible que pueda acogerse a algunas bonificaciones, según lo establecido en la ordenanza fiscal reguladora del impuesto.
Donde presentar este trámite:
- Presencialmente en el registro del Ayuntamiento: La Lonja – Pasaje Coronel Arteaga, nº2
- Presencialmente en Oficina Técnica: Oficina técnica – Plaza Santa María, nº12 –
- Telemáticamente: Registro de entrada/salida
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