EL DOCUMENTO DEL MES 

NAIPES, DADOS Y PELOTA EN LA ALMANSA DEL S. XV

 

El 26 de Agosto de 1453 comienzan el primer registro  de  los libros de Actas Capitulares, (Hoy sesiones de Pleno)  estas  recogen por escrito lo tratado en las reuniones del Concejo, hoy Ayuntamiento (viene de Ayuntar =  juntar ) donde se resuelven los asuntos de gobierno de la ciudad.

 

Los temas contenidos en estos libros son muy variados, todos ellos relacionados con la vida de la comunidad en sus distintas vertientes, políticas, económicas, sociales. En el Archivo de nuestra ciudad se conservan, casi ininterrumpidamente,  desde 1453 hasta la actualidad.

 

En el primer libro donde se recogen estas actas aparece en 1456 una regulación por la que se prohíbe jugar a los naipes a los dados y a la pelota. Lo primero que nos viene a la cabeza es ¿Por qué se prohíben estos juegos? Y no solo esto sino ¿a qué se jugaba en esta época? En definitiva nos plantearíamos cuestiones sobre la vida de estas gentes del S. XV. El estudio de la vida privada es una corriente historiográfica menos conocida, primero porque en la mayor parte de la  documentación se recogen aspectos políticos y económicos, es decir públicos y segundo porque la vida privada, corresponde al espacio de lo íntimo, es decir de lo privado, y lo privado no suele documentarse. Apunta acertadamente Mehl (1993) para explicar los silencios documentales que todas las sociedades humanas temen reconocerse ociosas y por ello no acostumbran a dejar demasiadas huellas de sus actividades lúdicas. 

 

A pesar de las dificultades para encontrar documentación, si podemos responder a algunas cuestiones que nos asaltan a raíz de de esta prohibición de los juegos de 1456. La primera cuestión sería  ¿A que se jugaba en el S.XV?

Al parecer  los juegos de todo tipo – desde las cartas hasta los deportivos-  ocupaban un lugar preponderante durante baja edad media. Alfonso X El Sabio escribió el libro del ajedrez, dados y tablas, fechado en Sevilla en 1283, en el códice el monarca les atribuye a estos juegos una procedencia oriental.

 

 En el libro del ajedrez lo considera el más noble de los juegos y en él aparece la figura del Alferza “ a manera del aferez mayor del Rey que lleua la seña de las señales del rey quando han de entrar en las batallas”.

 

No será hasta finales del Siglo XV cuando se desarrolle el juego moderno del ajedrez, desapareciendo la figura del Alferza que será sustituida por la de la Reina .  Westerveld considera que este cambio se dio en España en 1497, la explicación hay que buscarla cuando en 1469 la princesa castellana Isabel caso con el heredero al trono Aragonés Fernando. En 1474 se convirtió en Reina de Castilla con mayor poder efectivo que su marido. Por tanto cuando en 1492 se toma Granada y se descubre América parece justificado utilizar en el ajedrez una nueva Reina con mayor poder que el Rey.

 

A parte del ajedrez juego al que se dedicaban las clases más acomodadas existen otros juegos mucho más populares como el juego de dados.  Es el primer juego de azar conocido, en la Odisea ya se juega a los dados en la puerta del palacio de Ulises en Itaca. Durante la Edad Media el juego de dados fue muy extendido por toda Europa y el principal juego de azar. En el códice Alfonsí se detallan los distintos juegos de dados,( juego de triga, juego que llaman de azar, etc.)  así como los distintos materiales de lo que están fabricados ( de fuste, de piedra o de huesso o de todo metal).

 

El juego de dados, principal de los de apuestas o de resto, podía llegar a causar grandes problemas personales, familiares, e incluso, de orden público.

 

Otro juego muy popular y practicado por todos los estamentos sociales sería

el juego de naipes.  De procedencia oriental se mencionan por primera vez en el S. XIV.  Los palos de la baraja española son los mismos que los del Tarot, pero sin los arcanos mayores. Las figuran reflejan la jerarquía social, en primer lugar el Rey, tras el  caballo o caballero, la tercera figura la sota tiene cierta ambigüedad para unos representa al pueblo y por ello se la dibuja como un soldado de a pie o peón para otros es una mujer “ligera y desvergonzada”.

 

Se jugaba en las casas de juego donde las había y en todas partes y todo el mundo arriesgaba su dinero en la medida de sus posibilidades.

 

Y para terminar citaremos el juego de la pelota, este consistía en golpear un objeto redondo usando las manos, los pies o con ayuda de algún objeto. Los especialistas relacionan su introducción en la Península Ibérica con el proceso de  romanización y la transmisión de la “esferística” griega y la “pila” romana.

Pero son los siglos medievales los que hacen que esta práctica lúdica y deportiva se generalice en todos grupos sociales.  Golpear la pelota al aire o a ras de tierra con ayuda de palos y otros elementos da lugar a modalidades deportivas como la “chueca”, emparentada con el actual hockey y que contaba en Medina del Campo con terrenos de juego específicos; o como la ilustrada en la Cantiga 42 de Alfonso X, donde un jugador se dispone a golpear con un bate la pelota que otro jugador sostiene.

 

La segunda cuestión que nos planteamos es  ¿Tenían tiempo para el ocio?

El desarrollo urbano propicia cambios estructurales que afectan de lleno a la organización laboral del Occidente europeo. La principal novedad  en este sentido es que el trabajo comienza a despegarse de los límites arbitrarios regulados por la naturaleza e impuestos por los cómputos canónicos.

 

El nuevo concepto de tiempo –mensurable y laico, como constata la presencia de relojes mecánicos en el mundo rural y urbano aragonés  del siglo XV  – redefine la relación salario/jornada laboral y sienta las bases para el desarrollo de un tiempo personal, diario y de libre disposición que se sitúa al margen de los tiempos de trabajo, de descanso y de obligaciones domésticas, rituales o comunitarias. El ocio urbano toma posiciones junto al ocio de la aristocracia. Y

lo lúdico –con sus protagonistas, sus reglas, sus competiciones y su espectáculo–impregna la Edad Media.

 

Estas nuevas posibilidades de tiempo libre se vienen a añadir al cada vez más abultado calendario festivo cristiano, con un centenar de jornadas anuales de obligada observancia. La ociosidad se coloca, más que en épocas  precedentes, en el punto de mira de moralistas, gobernantes y   legisladores que ven en ella el camino hacia el vicio, el pecado, la pobreza y el desorden público.  En el Occidente medieval, el tiempo libre asusta a la Iglesia y al Estado, inscritos ambos poderes en un sistema de valores judeocristiano que alaba el trabajo y se muestra hostil hacia lo lúdico y toda actividad no productiva. es servicio di dios e pro e bien de esta/ dicha villa

  

Y por último ¿Por qué prohibieron el juego?

 Los motivos que llevaron a las distintas autoridades a legislar repetidamente sobre los juegos de cartas y de dados hay que buscarlos, seguramente, en el cada vez más abultado número de personas que se dejaban arrastrar por las apuestas que se generaban en los mismos y las consecuencias peligrosas que en no pocas ocasiones acarreaban. Su amplia difusión a fines del Medievo llevó a tratarlo como uno de los vicios de la época, en el que caían ricos y pobres, clérigos y laicos. Las escasas necesidades espaciales de ambos juegos facilitaban su desarrollo. Cualquier sitio servía para echar una partida: desde la taberna hasta la vivienda privada de un clérigo, desde el atrio de una iglesia hasta un cementerio. en publyca ny escondido en esta villa ni en su termino de/ noche ni de dia en ninguna manera Los excesos en el juego podían acabar con la menguada hacienda de un pequeño campesino y con la buena fama de un eclesiástico. 

 

   El control civil sobre los juegos de azar en los que se apostaba dinero osciló en los últimos siglos del Medievo entre medidas legales, que intentaban encauzar el funcionamiento de los locales de juego arrendados por cuenta de la corona o por las ciudades y villas que tenían privilegio real, "Ordenamiento de las tafurerías", ordenado redactar por Alfonso X el Sabio y la prohibición radical de su práctica.  En 1387 el rey Juan I de Castilla prohibía el juego de naipes, condenó el juego de los dados concedió al perdidoso el derecho de demandar al ganancioso lo que le hubiere ganado, si se lo reclamase dentro de ocho días. Los  Reyes católicos confirmaron los ordenamientos contra el juego hechos en las Cortes de Zamora de 1429, Toledo de 1436 y Madrigal de 1476  prohibieron los tableros de juego que algunos concejos arrendaban. ordinaron que ningun/ vecino ny barrano non sean osados di jugar dados ni naypes 

  

En Almansa, en el acta capitular de 1456 que transcribimos a continuación  quedan reflejados todos estos aspectos por una parte

 

  

Vedamiento de los naypes/

e pylota

 

en XXVII de mayo de LVI años este día en la camara de la villa/ de almansa los jurados pedro navarro alcaide e juan di gorraes alguacil e / G. di ochoa e salvador di murcia e alonso di porras e miguel bonete rre/ gidores e juan angel jurado todos oficiales e caualleros otros omes/ buenos entendieron que es servicio di dios e pro e bien de esta/ dicha villa e de los vecinos o moradores de ellas ordinaron que ningun/ vecino ny barrano non sean osados di jugar dados ni naypes/ en publyca ny escondido en esta villa ni en su termino de/ noche ni de dia en ninguna manera so pena por cada / vegada que jugare como dicho es de XX maravedis testigos de como/ fue pregonado por juan de salazar juan ruano e blasco bonete e / miguel tortosa

 

  

este dia los suso dichos oficiales ordinaron que ningun vecino ni/ barrano non sea osado di jugar pylota en la plaza ni / en calleja ninguna dintro en la villa so pena a que cualquiera/ que jugara di XX maravedis por cada vegada

 

 El naipe es algo tan frágil que, si no es por circunstancias extraordinarias, se puede considerar un objeto efímero. Su hallazgo o conservación casi siempre se debe a que fuera reutilizado adhiriéndose a un material más rígido como las tapas de un libro o como relleno de encuadernación, fueron usados como tejuelos cosidos a libros de protocolos notariales.

 

  

Bibliografía:

AHMA legajo 1298 folio

 

“La España del Siglo XIII leída en imágenes” Menéndez-  Pidal y Goiry, Gonzalo.  Real Academia de la Historia. 1986

 

  

“Cortes de los antiguos reinos de León y Castilla” Colmeiro , Manuel  Madrid, Rivadeneyra. 1883-1884.

 

Fiestas, juegos y diversiones prohibidas al clero en la Castilla Bajo medieval” Ana Irranz Guzmán. Universidad Complutense de Madrid. Cuadernos de Historia de España, LXXVIII, Buenos Aires, 2004

 “Deporte, juego y espectáculo en la España medieval. Aragón, siglos XIII-XV”María Luz Rodrigo-Estevan. Publicaciones del centro universitario de ciencias sociales y humanidades. Estudio hombre. Nº 23. Universidad de Guadalajara. México. 2006.