El Ayuntamiento de Almansa informa de las nuevas medidas adoptadas por la Resolución de 05/11/2020 de la Consejería de Sanidad en materia de salud publica para la contención de la expansión del COVID- 19, y que podemos resumir en las siguientes:

 

·         Actuaciones sobre locales de ocio:

• Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas       y culturales.

• Supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente.

• Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.

• Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto, tanto en el interior del local como en terraza, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas.

• En el interior de establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 50% del establecido.

• Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

 

 

·         Actividades religiosas de ámbito social:

 

• Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.

• Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.

 

 

La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.

 

 

·         Actividades complementarias:

 

• Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. Podrán celebrarse estas actividades cuando estén promovidas por asociaciones, peñas y particulares siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas. Sí se mantiene la programación cultural de los teatros, respetando el aforo permitido.

• Suspensión de la actividad de las escuelas deportivas, municipales o de otra titularidad.(A excepción de aquellos usuarios que cuenten con licencia federativa para el desarrollo de sus entrenamientos y competiciones, según consulta efectuada a la Consejería de Sanidad)

 • Las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse sin la presencia de público, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.

• Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo máximo al 30%.

• Bibliotecas y Museos limitarán su aforo máximo al 30 %.

• Cursos, congresos y seminarios tendrán un aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50% del aforo máximo permitido.

• Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

• Cierre de las Piscinas Municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo público independientemente de su titularidad. (A excepción de aquellos usuarios que cuenten con licencia federativa para el desarrollo de sus entrenamientos y competiciones, según consulta efectuada a la Consejería de Sanidad)

• En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 % en espacios interiores y del 60% en espacios exteriores.

• Cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.

• En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

• Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

 

 

·         Se recomienda a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.

 

 

Rogamos un minucioso cumplimiento de estas normas y de los protocolos sanitarios y de seguridad, desde el Ayuntamiento apelamos a la responsabilidad de todos para frenar la expansión del virus.